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En Colombia los trabajadores independientes suelen prestar sus servicios a diferentes empresas, esto se hace mediante un contrato civil de prestación de servicios. Hoy con AGIL podrás conocer puntualmente cómo funcionan los contratos con modelo de prestación de servicios.
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¿Conoces cómo funciona el modelo de contratación de prestación de servicios?
Lo que busca este modelo de contrato es registrar el acuerdo que se da entre la empresa y la persona. Inicialmente es importante que sepas que el trabajador que acepta trabajar mediante este tipo de contrato acepta que la organización no va a pagar las cargas prestacionales, las cuales sí son obligatorias en un contrato de trabajo.
Los contratos por prestación de servicios son un contrato de tipo civil y no laboral, esto quiere decir que no está cobijado por la legislación de trabajo, es decir que no se considera como un vínculo laboral entre empresa y trabajador. Este tipo de contratos generalmente se utiliza cuando la empresa está buscando un trabajador para realizar una labor específica.
¿Como empresario qué debes tener en cuenta para los contratos de prestación de servicios?
Al momento de contratar a una persona a través de un contrato por prestación de servicios en Colombia debes tener en cuenta:
- El contrato debe tener fechas claras y justificadas, no puede ser permanente.
- Cada contrato tiene un máximo de 30 días, si se desea continuar con este servicio por más tiempo se entiende que existe una relación laboral formal y deben ser pagados todos los beneficios por ley.
- Si se evidencia la existencia de un contrato por prestación de servicios que en realidad es un contrato formal, el Consejo de Estado señala que no hay lugar a la devolución de las prestaciones pagadas por el trabajador.
Este tipo de contrato no cuenta con un periodo de prueba y el trabajador no está obligado a cumplir un horario de trabajo.
¿Cómo se diferencia un contrato de trabajo de un contrato por prestación de servicios?
Es importante reconocer que el vínculo que existe entre la organización y el trabajador es diferente entre un contrato por prestación de servicios y un contrato de trabajo, puesto que las responsabilidades en ambos roles cambian, a continuación te mostramos las principales diferencias:
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ARL: - Si el contratista realizará su función por más de 1 mes, la organización debe vincularlo a una ARL. En caso que sea un trabajo de menos de 1 mes la organización no está en la obligación de pagar la ARL de la persona. - En caso de que su trabajo implique un riesgo IV ó V la empresa es la responsable de pagar la ARL teniendo en cuenta el grado al que se expone el trabajador. | ARL: |
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