
Publicado originalmente el 5 de Abril del 2023, actualizado el 26 de Abril del 2023
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El 16 de marzo de 2023 la actual ministra de trabajo, Gloria Ramírez, presentó formalmente ante el Congreso de la República de Colombia la Reforma Laboral, con la cual el gobierno busca proteger a los trabajadores.
En nuestro blog Al Día con AGIL te contamos los cambios más importantes de la reforma.
¿Cuáles son los cambios más relevantes?
👉🏼Despidos sin justa causa:
El proyecto busca limitar los casos y condiciones en las cuales una empresa puede desvincular a un empleado. Para poder hacer un despido sin justa causa se debe indemnizar al colaborador. Por otro lado, para realizar despidos con justa causa deben haber pasado por un debido proceso en donde el colaborador tenga el derecho a defenderse.
Existen además unos grupos específicos de personas vulnerables que no pueden ser desvinculadas de su cargo si el empleador no cumple con 3 requisitos esenciales:
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- Debe existir una justa y legal causa de despido
- Haber agotado todos los recursos y esfuerzos empresariales con la intención de continuar con este colaborador y este ha debido tener derecho a la defensa
- Obtener una autorización judicial.

¿Cuáles son los grupos vulnerables propuestos en la Reforma Laboral de 2023?
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- Amparadas por el fuero sindical en los términos legales y convencionales
- Madres o padres cabeza de familia sin otra alternativa económica
- Personas con discapacidad
- Mujer en estado de embarazo y hasta los 6 meses después del parto, o su cónyuge, pareja o compañero/a permanente si ella no tiene un empleo formal, y es su beneficiaria en el Sistema de Seguridad Social en Salud.
- Pre pensionados: quienes les falten tres (3) años o menos para cumplir los requisitos para obtener la pensión de vejez.
🤝Contratos de trabajo:
La reforma presenta los siguiente cambios para los contratos a término fijo:
Contrato a término fijo:
- No puede ser utilizado para actividades que se realicen de manera permanente en la empresa
- Debe estar por escrito. Este documento debe estar detallado y debes incluir las prórrogas.
- La duración del contrato a término fijo, incluyendo sus prórrogas, no puede ser superior a un año.
- Tanto el trabajador como el colaborador deberá informar su deseo de terminar con el contrato con una antelación no inferior a treinta (30) días.
- Los colaboradores tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado
Contrato de trabajo para la realización de una obra o labor determinada:
Este contrato debe tener una duración máxima de 4 meses. Si se pasa de este tiempo se entiende como un contrato a término indefinido.
- Este contrato deberá reflejar los elementos esenciales de la actividad labora y especificar la obra o labor que se realizará.
- Cuando no haya claridad sobre la duración de este contrato, o el trabajo a realizar sea una actividad permanente en la empresa, pasará a ser un contrato a término indefinido.
👥Limitar contratación por medio de entidades intermediarias:
Con la reforma se busca limitar la contratación de trabajadores temporales a través de empresas intermediarias, que son entidades que prestan servicios de contratación a otras empresas, con el fin de proveer el personal temporal. Esto nos dice el el proyecto:
“Sea una empresa pública o privada, los colaboradores cuyas responsabilidades estén relacionadas directamente con la actividad principal de la empresa deberá estar vinculado directamente a la misma a través de un contrato de trabajo”
Las empresas tendrán un periodo de 6 meses contados a partir de la vigencia de esta ley para adecuar sus plantas de personal a lo dispuesto en esta norma.
⏰El recargo dominical o festivo aumenta y cambios en las horas extra:
Primero es importante recordar que actualmente los sábados no cuentan como día dominical. Sin embargo, una de las propuestas de la Reforma laboral es incluir este día como un día dominical.
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- Aumentará el recargo dominical o festivo del 75 % al 100 %, teniendo en cuenta las horas laboradas y sobre el salario mensual
- Sólo las empresas que ya acogen la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el Artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, no tendrán que empezar con estas nuevas normas.
- La jornada diurna será de: 6:00 AM hasta las 6:00 PM
- La jornada nocturna será de: 6:00 PM hasta 6:00 AM

💻Regulación del trabajo en plataformas digitales:
Con las reforma se busca hacer que las empresas que cumplan las condiciones que describiremos en este apartado, deban afiliar a la seguridad social, salud, pensión y riesgos laborales a sus colaboradores.
Si tu empresa cumple con alguna de las siguientes condiciones, debes saber que habrán cambios futuros:
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- Tu empresa presta servicios a distancia a través de medios electrónicos, como un sitio web y/o una aplicación para dispositivos móviles.
- Tu empresa brinda un servicio a petición de un destinatario.
- Tu empresa presta su servicio realizado por personas externas, con independencia de que este se realice en línea y/o en un lugar o área determinada
Como ejemplo de empresa a la cuál aplican estos cambios está: Rappi, quienes hacen que sus colaboradores trabajen haciendo uso de las anteriores 3 condiciones.
🏳️ Trabajadores extranjeros:
La reforma tiene en el capítulo No. 7 un espacio en donde habla de las garantía laborales que tendrán las personas extranjeras en el país, las cuales serán las mismas que la de cualquier colombiano, salvo por las limitaciones que establezcan la Constitución o la ley.
Los cambios establecidos por la reforma laboral va a implicar que al interior de tu empresa se tengan que ajustar los presupuestos, horarios laborales, entre otros.
Para este 2023 también se establecieron nuevos cambios en la presentación de la Información exógena. En nuestro blog, Al día con AGIL también te traemos una guía sobre la presentación de la información exógena del 2023, puedes descargar y llevar siempre a la mano.